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miércoles, 8 de abril de 2015

¿Qué hay de las ideas?


En varios de los posts anteriores se ha hablado ya de cómo una idea como tal no podía protegerse, si no que lo que se protege siempre es una idea materializada bien en un prototipo de una invención bien en una obra literaria, musical o artística: pictórica, audiovisual…

Personalmente siempre he creído que la existencia de algún tipo de documento expedido por un órgano oficial, podría dar lugar a que una idea se protegiera antes de ser plasmada, puesto que, como resulta evidente, una obra de cualquier tipo se basa siempre en una idea que más tarde va a ser desarrollada en la expresión que más tarde puede protegerse. Entre un paso, la idea, y el siguiente, la obra, puede pasar mucho tiempo, por eso la persona que ha tenido la idea se debe cuidar mucho de divulgarla a cualquier tercero.

El caso sería tratar de hallar algún tipo de instrumento que pueda cubrir ese lapso de tiempo, lo que podría resultar difícil por entenderse que las ideas forman parte del acervo común y no pueden ser poseídas por una persona concreta (las ideas no tienen dueño).

Buceando un poco entre las distintas oficinas de propiedad intelectual se puede encontrar en la BOIP (Benelux Office for Intellectual Property) un apartado dedicado en exclusiva a las ideas y, dentro de éste, una detallada descripción y explicación del i-DEPOT.
Si bien no se encuentra dentro del ámbito de la propiedad intelectual, dado que no es un instrumento que proporcione protección legal a su titular, el i-DEPOT se concibe como un documento que demuestra que la idea que en él se contiene es original en una fecha determinada, cuando se emite este certificado.

Se trata, por tanto, de un medio de prueba muy útil para aquéllos supuestos en los que la titularidad de la idea esté siendo cuestionada o para situaciones en las que no se pueda plasmar la idea ya sea porque no está totalmente desarrollada o porque el plazo entre la creaciòn y su plasmaciòn es largo.

En cuanto a la solicitud del i-DEPOT, ésta puede hacerse en papel o por internet, lo que resulta más barato, y su duración dura 5 años, renovables por períodos de la misma duración de forma ilimitada.

En definitiva, el i-DEPOT al que nos venimos refiriendo se plantea como un instrumento muy útil a la hora de probar la existencia previa de una idea y su titularidad pero, eso sí, no puede verse como una alternativa de protección ya que, en ningún caso lo que se otorga es una protección legal oponible frente a terceros, sino que sólo podrá ser utilizado como prueba en caso de disputa.

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