UA-56715467-1

miércoles, 29 de julio de 2015

Signos que no son marca

A lo largo del día, en prácticamente todos los aspectos de la vida nos encontramos con signos que, pudiendo ser considerados como marca por cumplir los requisitos que se establecen en la ley, no lo son por tratarse de símbolos de carácter oficial cuya función principal es la de certificar que un determinado producto o, en su caso, un servicio, cumple con unos determinados estándares de calidad o que proviene de un determinado lugar.

Es el caso del marcado CE, mediante el cual se garantiza a los consumidores no que el producto está fabricado en alguno de los países miembro, sino que se cumplen los aspectos legales obligatorios que para esos productos se establecen, según las Directivas que afectan a cada sector.

Este tipo de símbolos son susceptibles de ser falsificados por la relevancia que tiene para la expansión comercial de los productos, es decir; tener este símbolo dará a los productos una mayor posibilidad de venta frente a otros que no lo muestren.

Sin embargo, para este caso en concreto existe un signo muy similar que no es considerado copia por no ser idéntico.
Se trata de la indicación “China Export” cuyas siglas, CE, son idénticas a las de “Comunidad Europea”. El signo junta la “C” y la “E” formando un símbolo muy similar, que puede dar lugar al consumidor por ser prácticamente imperceptible (totalmente, si no se conoce esta diferencia).

La pregunta sería si, a pesar de tratarse de un problema de protección de los consumidores en el que no interviene en absoluto la propiedad industrial y para el que parece no existir mayor protección que el nivel de perspicacia del consumidor a la hora de adquirir el producto, ¿debería hacerse algo a mayores para evitar el riesgo de confusión contra el que tanto tratan de proteger al público a nivel nacional la Ley de Marcas y la Ley de Competencia Desleal?x

No hay comentarios:

Publicar un comentario