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miércoles, 30 de diciembre de 2015

La patente Rubik

La última noticia que tuvimos de este pequeño rompecabezas es que se había intentado superar el récord mundial fijado en 5,25 segundos, por parte de un niño chino, que había logrado resolverlo en 5,695 (http://www.bbc.com/news/world-latin-america-33601759).


Sin embargo, la historia del archiconocido juego se remonta más de 40 años atrás.

Inventado en 1974 por el profesor y arquitecto húngaro Ernö Rubik, se denominó inicialmente “el cubo mágico” y su objetivo, en un principio, era hacer entender a los estudiantes el funcionamiento de las figuras tridimensionales.


La historia del cubo de Rubik engloba ciertos aspectos respecto a los derechos de propiedad industrial a destacar (Hungría se adhirió al Convenio de la Unión de París en 1970):

1.- Titularidad: El inventor, Ernö Rubik, en el momento de desarrollar el cubo estaba trabajando en el Departamento de Diseño de Interiores en la Academia de Artes y Trabajos Manuales Aplicados en Budapest, por lo que correspondía a esta entidad la presentación de la solicitud y la explotación del objeto de la misma. (Número de la patente húngara HU170062)

2.- Derecho moral: La patente respeta el derecho del inventor a ser mencionado como tal en la patente, puesto que el esfuerzo creativo le corresponde a él. (Art. 4ter Convenio de la Unión de Paris).

3.- Duración: Según la historia conocida de esta patente, no se hizo uso del denominado plazo de prioridad unionista en función del cual el solicitante de una patente dispones de un   período de 12 meses desde la solicitud inicial para presentar una solicitud por la misma invención en otro país (o por extensión, una solicitud internacional); el requisito de la novedad  dejaba de aplicar por lo que una solicitud similar no podría ser presentada ante ninguna oficina. (Art. 4 C Convenio de la Unión de París).

4.- Licencia: La invención se licenció a la empresa Ideal Toys para ser comercializada en Hungría, para ser comercializada después a nivel internacional.

5.- Disputas: El cubo de Rubik se encontró con varias invenciones que desafiaban su novedad: la patente norteamericana 3655201, la inglesa 1344259 y la japonesa JP55-8192.

6.- Marca: Ante la imposibilidad de continuar explotando su invención, la empresa húngara decidió otorgarle una marca que fuera distintiva y característica para la comercialización para los que sería no sólo un juguete característico sino un icono de toda una década: 1980.


El caso que se plantea es el de la elaboración de ideas coetánea en muy diversas partes del mundo o, mejor dicho, invenciones simultáneas. Por este motivo, el sistema de patentes contempla el término de “novedad” a nivel mundial, es decir, la presentación de la primera invención rompe la novedad y no podrá ser otorgada en ningún otro lugar.

La segunda cuestión es, ¿puede considerarse patenteble la invención de un juego o juguete? Según el artículo 4.2 c) de nuestra Ley de Patentes (artículo 52.2 c) del CPE), no. Pero en este caso, la idea era presentar un desafío a la inteligencia, no un juego como tal.

¿Podría patentarse algo así en la actualidad?


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