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miércoles, 13 de julio de 2016

Falsificación de la materia prima


Cuando hablamos de falsificaciones solemos pensar en las réplicas no autorizadas de productos de marcas de renombre dedicadas principalmente a la alta costura (creo que no es necesario dar ejemplos).

Evidentemente la indicación que se hace  de estas marcas en productos que no tienen el origen empresarial a que hacen referencia ni, por tanto, la calidad ni el saber hacer que reflejan, es un delito que puede perseguirse por vía penal, además de la aplicación de las correspondientes medidas civiles y administrativas que se deriven del perjuicio que se causa en el titular del título de marca.

Sin embargo, las formas típicas de derechos de propiedad industrial no son las únicas susceptibles de ser manipuladas para engañar al público.

Hace un par de entradas hablábamos de las denominaciones de origen y de las indicaciones geográficas protegidas, dos figuras reconocidas a nivel de la comunidad europea y consistentes en otorgar al nombre de una determinada región geográfica un carácter distintivo que reconoce que los productos de la misma, tienen unas características especiales y, por ello, deben ser reconocidos y distinguidas respecto a las demás de la misma especie.

La regulación de estas figuras ya dispone instrumentos para evitar que productos que no tengan esa procedencia la indiquen en su etiquetado de modo que se pueda llevar al público a error sobre tal origen, como puede ser la obligación de que el producto sea propio de la región y que, en caso de los vinos y dependiendo del tipo de indicación a que se haga referencia (cualificada o no), sea manufacturado o embotellado en la misma.

Claro que en este supuesto, el de los vinos, va a resultar muy complicado determinar el origen exacto de las uvas que lo componen.

Esto es lo que debió pensar Rudy Kurniawan, un hombre de 37 años al que se le impuso una pena de 10 años de cárcel y multa de 20 millones de dólares por haberse dedicado desde el 2004 al 2012 a vender botellas de vino en las que se mezclaban caldos añejos con el procedente de las uvas recién prensadas.
El resultado era comercializado, además, con un precio todavía más elevado que el del original.

Este tipo de actuaciones, no deja de ser un fraude a través del cual se pretende engañar al consumidor de modo que adquiera un producto que no se corresponde en absoluto con lo que pretendía adquirir y que, en determinados supuestos, puede incluso ser perjudicial para la salud cuando lo que se añade son aditivos de tipo químico.


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